Según Serrano Alonso, patria potestad es “el conjunto de derechos y obligaciones que como consecuencia de la filiación surgen entre los padres e hijos y que la ley establece para que puedan hacer efectiva la previsión constitucional del artículo 39 de la Constitución Española de prestar asistencia de todo orden a los hijos habidos dentro o fuera del matrimonio, durante su minoría de edad y en los demás casos, en que legalmente proceda”. La patria potestad se caracteriza por su intransmisibilidad, su irrenunciabilidad y su imprescriptibilidad.

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