Es conveniente hacer siempre testamento, especialmente tras la ruptura matrimonial. Y si no queremos que nuestra ex pareja administre los bienes que han de heredar nuestros hijos, designar administradores testamentarios, así como albaceas. Si no hacemos esta designación expresa, será el otro progenitor quien administrará los bienes que hereden nuestros hijos, como únicos titulares ya de la patria potestad, sin perjuicio del preceptivo control judicial a la hora de enajenar alguno de ellos. Ello es especialmente importante si la persona que va a testar reside de forma permanente en un país que no es el de su nacionalidad, y desea testar con arreglo a la ley de su nacionalidad, y no de acuerdo a la ley del lugar en el que vive. Por último, hay que agotar el mutuo acuerdo, y buscar abogados conciliadores, evitándonos a nosotros, y a nuestros hijos, largos y duros procedimientos contenciosos, en los que tendremos que terminar actuando en función de lo que nos dice un tercero -un juez-, en lugar de actuar cumpliendo nuestra voluntad, plasmada en un convenio regulador. Considerar también la existencia de otras herramientas que ayudan a las parejas a alcanzar acuerdos que eviten el paso por los tribunales, como la mediación.
Author Divorciarse
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