Son las normas generales aplicables a todo matrimonio, independientemente de cual sea el régimen económico matrimonial elegido, y están recogidas en los artículos 1318 a 1324 del Código civil. Son las siguientes: el levantamiento de las cargas del matrimonio, entre las cuales se encuentran las litis expensas o gastos necesarios causados en litigios por un cónyuge; la potestad doméstica, la protección de la vivienda habitual y de los muebles de uso ordinario; el derecho del cónyuge sobreviviente al ajuar de la vivienda habitual de los esposos; la regulación general del consentimiento dual; la libertad de transmisiones y contratación entre los cónyuges; y la confesión sobre la pertenencia de los bienes.
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